Servicio de Prevención
  Ajeno
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Basándonos en los documentos que exige la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en su 
artículo 23, se generan una serie de obligaciones para el empresario que de no ser desarrollados con sus medios deberá de externalizarlos a fin de cumplir con las obligaciones que la Ley le impone.

PREVYSEM desarrolla toda esta documentación, implanta los procedimientos, realiza el seguimiento más exhaustivo de la actividad de los trabajadores, forma a los trabajadores y vigila su salud, pero nos permitimos recordarle siempre que la contratación de un SPA no exime al empresario de la obligación de integrar la prevención en todos los niveles de la misma, es decir, de incluir el componente preventivo que proceda en cualquier actividad que se realice o decisión que se tome.

Esta actividad preventiva, integrada en la actividad propia de cada puesto de trabajo, debe distinguirse de la actividad especializada que desarrolla el SPA. Ambos tipos de actividad son necesarios y, complementándose, constituyen conjuntamente la "acción preventiva en la empresa".

 
PREVYSEM, Servicio de Prevención Ajeno homologado a nivel nacional con el nº 017/2000. Tel: 968 522 272 - Fax: 968 522 272. Cartagena (Murcia)